VISTO: La necesidad de
adquirir una máquina destructora de papel para esta Unidad Reguladora;
RESULTANDO: I) que la Unidad de
Compras informó que se estima un crédito necesario de $ 24.753 para la compra
de la máquina referida por lo que existirá la necesidad de trasponer créditos
del objeto 326000 “Mobiliario de oficina”, al objeto 329000 “Otras máquinas,
mobiliario y equipos de Oficina”;
II) que el área Contabilidad propone la
realización de las mencionadas trasposiciones;
CONSIDERANDO: I) que las mencionadas
trasposiciones de crédito entre objetos están contempladas en los artículos 9°
y 10 del Decreto N° 454/022, requiriendo aprobación de Directorio e informe
favorable de OPP y posterior comunicación al Tribunal de Cuentas;
II) que el Directorio de Ursea, entendió
conveniente realizar una trasposición por un monto mayor a lo sugerido,
estimando conveniente que sea en $ 30.000 lo cual permitirá mantener una
existencia de créditos en el objeto 329000;
ATENTO: a lo dispuesto por el
artículo 27 del TOCAF, aprobado por el Decreto Nº 150/012 de 11 de mayo de 2012
y en el Decreto N° 454/022 de 30 de diciembre de 2022;
EL
DIRECTORIO de la
Unidad
Reguladora de Servicios de Energía y Agua
RESUELVE:
1)
Apruébase la trasposición de créditos del objeto 326000 “Mobiliario de
oficina”, al objeto 329000 “Otras máquinas, mobiliario y equipos de Oficina”;
por un monto total de $ 30.000 (pesos uruguayos treinta mil).
2)
Notifíquese a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto a sus efectos y
posteriormente comuníquese al Tribunal de Cuentas de la República.
3)
Publíquese en el sitio web de esta Unidad Reguladora y oportunamente archívese.
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